7 de diciembre de 2006

Fallece José Amodia, un patriota republicano.



"Fallece a los setenta años el historiador y profesor de español en la Universidad inglesa de Bradford, nacido en Oviedo y emigrado a Reino Unido en los años sesenta"
La Nueva España

Descanse en paz.

Empezamos fuerte la semana.



"Polémica por las banderas en la fachada del edificio de la ConselleríaJoan Puigcercós." Diario El Mundo

Esta es la semana mas importante de nuestra Nación, celebramos el aniversario de nuestra constitución, pero para algunos es el momento ideal para hacer el ganso y desviar la atención.
Así pues el señor Puigcercós decidió retirar la bandera de España del edificio de la Consejería de Governación, según la Ley 39/1981, de 28 de octubre, en la que en su artículo tercero dice expresamente:
"La bandera de España deberá ondear en el exterior y ocupar el lugar preferente en el interior de todos los edificios y establecimientos de la Administración central, institucional, autonómica, provincial o insular y municipal del Estado."
y en su artículo cuarto:
"En las Comunidades Autónomas, cuyos Estatutos reconozcan una bandera propia, ésta se utilizará juntamente con la bandera de España en todos los edificios públicos civiles del ámbito territorial de aquélla, en los términos de lo dispuesto en el artículo sexto de la presente ley."
articulo sexto:
  1. Cuando se utilice la bandera de España ocupará siempre lugar destacado, visible y de honor.
  2. Si junto a ella se utilizan otras banderas, la bandera de España ocupará lugar preeminente y de máximo honor y las restantes no podrán tener mayor tamaño.

Se entenderá como lugar preeminente y de máximo honor:

a) Cuando el número de banderas que ondeen juntas sea impar, la posición central.

b) Si el número de banderas que ondeen juntas es par, de las dos posiciones que ocupan el centro, la de la derecha de la presidencia si la hubiere o la izquierda del observador.

Es por estos pequeños motivos por lo que el señor Joan Puigcercós a cometido un delito que esta tipificado de la siguiente manera:
  1. Los ultrajes y ofensas a la bandera de España y a las contempladas en el artículo 4 del presente texto, se castigarán conforme a lo dispuesto en las leyes.
  2. Las infracciones de lo previsto en esta ley se considerarán incursas en lo establecido en el artículo cinto veintitrés y concordantes del (Código Penal y, en su caso, en el artículo trescientos dieciséis del Código de Justicia Militar, sin perjuicio de las sanciones administrativas que pudieran proceder. (*)
  3. Los ultrajes y ofensas a las banderas a que se refiere el artículo tercero de esta Ley, se considerarán siempre como cometidas con publicidad a los efectos de lo dispuesto en el citado artículo 123 del Código Penal.
  4. Sin perjuicio de la responsabilidad en que incurran los autores de las infracciones de lo dispuesto en esta Ley, lo establecido en el artículo ciento veintitrés del Código Penal o trescientos dieciséis del Código de Justicia Militar, en los casos de personas y lugares previstos en este último, será asimismo de aplicación a los Presidentes, Directores o titulares de organismos, instituciones, centros o dependencias y a los representantes legales de partidos políticos, sindicatos, asociaciones o entidades privadas de toda índole que, tras ser requeridos para el cumplimiento de esta ley por la autoridad gubernativa, incumplan lo preceptuado en los artículos anteriores.
(*) Declarado inconstitucional por la Sentencia 119/1992, de 18 de septiembre, del Pleno del Tribunal Constitucional.

Por todo esto el señor Puigcercós a cometido un delito aunque retire la bandera de la comunidad autónoma catalana, por lo tanto alguien debería denunciar a este señor, por que ya no somos niños, se acuerdan cuando jugábamos de pequeños y nos enviciábamos y decíamos aquello de: "eso no se vale, volvemos a empezar". No señores, si yo cometo un delito, es decir incumplo una Ley, recibo un juicio y posteriormente una sentencia y probablemente una condena, o que ocurre, ¿que si yo robo un banco con una pistola en la mano, pero luego la guardo, he dejado acaso de robar el banco?

Como decía aquel... "manda huevos".

6 de diciembre de 2006

Nuestra razon de ser.


Patriotismo (de patriota > del francés patriote > del latín patriota > del griego patriotes, patris + otes, perteneciente a la tierra del padre), pensamiento que vincula a un ser humano con su patria.
Es el sentimiento que tiene un ser humano por la tierra natal o adoptiva a la que se siente ligado por vínculos valóricos, culturales, históricos y afectivos. Es el equivalente colectivo al orgullo que siente una persona por pertenecer a una familia o cofradía.
El patriotismo difiere del nacionalismo en cuanto a que no necesita de una forma de gobierno para manifestarse, razón por la que el sentimiento patrio se hace presente antes de la existencia de ordenamientos o regímenes jurídicos, políticos, económicos y administrativos de un territorio y perdura si éstos llegasen a desaparecer. Esta permanencia en el tiempo e independencia de cualquier forma de poder, hacen del patriotismo un valor superior para los habitantes de un territorio, al cual apelan cuando existen crisis internas de ingobernabilidad o de ocupación territorial por parte de otra nación.
Ejercer y preservar la soberanía y unidad territorial, honrar a los héroes y próceres, cuidar y seguir las normas valóricas que aseguran el bienestar común a los individuos del territorio, son vistos universalmente como valores patrios.